ACTUALIDAD DEL MUNDO LABORAL

Aquí compartiremos información actualizada sobre temas sindicales y laborales, incluyendo noticias recientes, jurisprudencias, cambios normativos, comunicados y otros contenidos de interés para todos los trabajadores y afiliados. Nuestro objetivo es mantenerte informado.

Resolución 2708 de 2026

El Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución 2708 de 2026, derogó y dejó sin efectos 11 circulares expedidas entre septiembre de 2025 y julio de 2026.

 

Se derogan y dejan sin efecto las siguientes circulares  

🔹 Circular Externa 101 del 22 de septiembre de 2025 – Reducción de jornada laboral.
🔹 Circular 0031 del 17 de marzo de 2026 – Deber de cuidado, equidad de género y corresponsabilidad social.
🔹 Circular Externa 0032 del 26 de marzo de 2026 – Cumplimiento de acuerdos de cooperación colectiva y obligaciones en materia sindical.
🔹 Circular 0040 del 16 de abril de 2026 – Vigilancia, seguridad privada, trabajo suplementario y registro de horas extras.
🔹 Circular 0048 del 22 de mayo de 2026 – Modificaciones de la Ley 2466 de 2025 al Código Sustantivo del Trabajo.
🔹 Circular Interna 0049 del 22 de mayo de 2026 – Trámite de autorización para el trabajo de personas con discapacidad o condiciones de salud.
🔹 Circular 0057 del 29 de julio de 2026 – Formas y modalidades contractuales y alcance de la negociación colectiva.
🔹 Circular 0086 del 29 de julio de 2026 – Inspección, vigilancia y control de seguridad y salud en el trabajo.
🔹 Circular 0088 del 29 de julio de 2026 – Comisión negociadora sindical y reglas de representación.
🔹 Circular 0089 del 29 de julio de 2026 – Trabajo domiciliario, incluyendo trabajo remoto, híbrido y transnacional.
🔹 Circular Interna 0120 de 2025 – Lineamientos para contratación de trabajadores y revisión de requisitos y condiciones de salud.

El Ministerio del Trabajo Colombia ha emitido la Circular 0032 de 2026, RECORDANDO los aspectos sustanciales en materia de garantías para la libertad sindical de los trabajadores y sus organizaciones.

Mintrabajo reforzó garantías en permisos sindicales y negociación colectiva

El Ministerio del Trabajo expidió una circular externa que precisa criterios sobre la libertad sindical, los permisos sindicales y el cumplimiento de acuerdos colectivos, en concordancia con la Constitución y los estándares internacionales de la Organización Internacional del Trabajo.

Asimismo, reafirma que la libertad sindical y la negociación colectiva hacen parte del bloque de constitucionalidad, por lo que deben garantizarse plenamente, evitando cualquier medida que limite u obstaculice su ejercicio.

MINTRABAJO mediante la Circular número 0123 de 2025, se deroga la Circular 120 de 2025, sobre la estabilidad laboral reforzada.

Aunque se deroga la circular anterior, el Ministerio aclaró que esto NO habilita a los empleadores para terminar contratos de trabajadores con estabilidad laboral reforzada sin autorización previa. Esta protección sigue vigente por mandato constitucional y legal.

16/12/2025

Circular 120 MINTRABAJO Discapacidad 2025

Nuevos lineamientos del Ministerio del Trabajo Colombia para autorizaciones de despido en estabilidad laboral reforzada. La recientemente publicada Circular 120 del 27 de noviembre de 2025 instruye a los inspectores del trabajo para el trámite de autorizaciones de despido de trabajadores en situación de estabilidad laboral reforzada. Desarrolla criterios como las causales objetivas, vencimiento del plazo, libre nombramiento y remoción, trabajadores misionales y hasta contratistas.

12/12/2025

Mintrabajo propone medidas para frenar la tercerización laboral ilegal y fortalecer la formalización.

El Ministerio del Trabajo dio a conocer un proyecto de decreto que propone prevenir, constatar y sancionar la tercerización e intermediación laboral ilegal en Colombia.  

La norma definiría conceptos clave como tercerización laboral, intermediación laboral y sus modalidades ilegales, estableciendo que se considerará ilegal cuando el contratista carezca de estructura productiva propia o cuando los trabajadores permanezcan subordinados a la empresa beneficiaria. Asimismo, se incorporaría una presunción reforzada de laboralidad para las actividades permanentes ejecutadas mediante terceros, lo que implicaría la existencia de contrato directo con la empresa usuaria.

El proyecto contempla criterios objetivos para identificar prácticas ilegales, incluyendo la falta de autonomía técnica, administrativa o financiera del contratista, la ausencia de medios de producción propios, la gestión algorítmica ejercida por la empresa beneficiaria y la subordinación efectiva de los trabajadores. Además, se especificarían indicios para cooperativas, precooperativas y contratos sindicales, evitando su uso como mecanismos de suministro de personal en actividades permanentes.